Seguro obligatorio para patinetes eléctricos en 2026: qué cambia y cómo te afecta de verdad

seguro obligatorio para patinetes electricos

Contenido actualizado el 18 de diciembre de 2025

La duda ya no es si llegará o no. El seguro obligatorio para patinetes eléctricos en 2026 es una realidad legal en España. La ley está publicada, las fechas están marcadas y el cambio va a afectar a muchísima gente que usa patinete a diario.

Lo que no está tan claro —porque muchos medios lo explican a medias— es a quién afecta exactamente, qué tipo de seguro necesitará cada patinete, cuándo pueden multarte de verdad y qué papel juegan el registro y la futura «matrícula».

Aquí lo dejamos todo claro, sin rodeos.

Qué cambia en 2026 y qué tienes que hacer tú

Desde enero de 2026, muchos patinetes eléctricos deberán tener seguro obligatorio de responsabilidad civil para poder circular legalmente por España.
No todos los patinetes se tratan igual: el peso marca la diferencia.

En la práctica:

  • Si tu patinete pesa menos de 25 kg, entrará en la categoría más común y necesitará un seguro específico para VMP (VPL).
  • Si tu patinete supera los 25 kg, pasará a considerarse, a efectos de seguro, vehículo a motor, con un seguro mucho más exigente (como el de un coche o una moto).
  • El seguro solo será exigible cuando el patinete esté registrado en la DGT, y ese registro es obligatorio para circular.
  • Habrá sanciones económicas importantes si circulas sin seguro cuando ya sea exigible.

Si quieres el detalle fino (que es donde está la letra pequeña), seguimos.

El cambio no nace de una ocurrencia de la DGT ni de una orden municipal. Viene de la Ley 5/2025, publicada en el BOE el 25 de julio de 2025, que modifica la normativa de seguros para adaptarla a una directiva europea.

Esta ley introduce una disposición adicional específica que obliga a contratar un seguro de responsabilidad civil para los vehículos de movilidad personal, pero lo hace con matices importantes.

El más relevante: no todos los patinetes entran en el mismo saco.

Lectura recomendada:
👉 Guía para contratar un seguro de patinete

La clave que casi nadie explica bien: VMP ligeros y VMP pesados

Esta distinción es fundamental y solo existe a efectos del seguro, no de circulación.

patinetes vpl y vmp

VMP pesados: cuando el patinete pasa a «vehículo a motor»

Un patinete se considera VMP pesado si:

  • Supera los 25 kg de peso, y
  • Supera los 14 km/h de velocidad de fabricación (algo que ocurre en la práctica en casi todos).

Consecuencia directa: Estos patinetes pasan a considerarse vehículos a motor a efectos de seguro y deberán contratar el Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA), el mismo que un coche o una moto.

Coberturas mínimas exigidas:

  • 70 millones de euros por siniestro en daños personales.
  • 15 millones de euros por siniestro en daños materiales.

Sanción por no tenerlo: hasta 1.500 €.

Esto afecta especialmente a patinetes grandes, de doble motor o gama muy alta.

VMP ligeros: la situación de la mayoría de patinetes

Aquí entran la gran mayoría de patinetes urbanos.

Un VMP ligero es, en la práctica:

  • Un patinete que no supera los 25 kg de peso.

Estos vehículos se encuadran en la categoría de Vehículo Personal Ligero (VPL) y deberán contratar un seguro obligatorio específico, más sencillo que el SOA.

Coberturas mínimas exigidas:

  • 6,45 millones de euros por siniestro en daños personales.
  • 1,3 millones de euros por siniestro en daños materiales.

Sanción por no tenerlo: hasta 500 €.

Detalle importante: En este tipo de seguros, la aseguradora podrá reclamarte a ti las cantidades pagadas si el patinete ha sido manipulado (por ejemplo, trucado) y eso ha influido en el accidente.

Cómo saber si tu patinete necesitará seguro obligatorio

Vamos a lo práctico. Haz este recorrido mental:

  1. Mira el peso real del patinete: no el «a ojo», sino el que indica el fabricante. Si está cerca de 25 kg, conviene comprobarlo bien.
  2. Comprueba si es un patinete estándar urbano: si es compacto, plegable y de uso diario, lo normal es que sea VMP ligero.
  3. Si pesa más de 25 kg: empieza a asumir que puede exigirte un seguro tipo coche.
  4. Fecha de compra y certificado: si lo compraste antes del 22 de enero de 2025 y no tiene certificado de circulación, podrás registrarlo de forma provisional (luego lo vemos).

Este bloque es clave porque evita el error más común: pensar que «todos los patinetes llevan el mismo seguro».

Registro DGT y «matrícula»: el verdadero gatillo del seguro

Aquí está uno de los puntos más mal explicados en muchos medios.

El seguro obligatorio solo puede exigirse cuando el patinete esté registrado en el Registro de Vehículos de la DGT.

Qué implica el registro

  • Cada patinete tendrá un número identificativo propio.
  • Se asignará una etiqueta visible, similar a una matrícula, con formato tipo M-9999-ZZZ.
  • Ese número será necesario para contratar el seguro.

Según la información trasladada por la DGT:

  • El registro se hará online, desde la Sede Electrónica.
  • La tasa rondará los 8 €.
  • Desde ahí también se podrá tramitar la baja o el cambio de titularidad.

Punto clave: Desde el momento en que el patinete esté registrado, el seguro será obligatorio aunque no lo uses. No vale dejarlo en casa «parado» si sigue de alta.

Patinetes sin certificado: registro provisional hasta 2027

La normativa prevé un registro provisional, válido hasta el 22 de enero de 2027, para permitir una transición ordenada.

Después de esa fecha: solo podrán circular patinetes que cumplan con los requisitos técnicos y de certificación.

registro patinete electrico dgt

Qué pasa si hay un accidente y no tienes seguro

La ley contempla este escenario para proteger a las víctimas.

Si un patinete sin seguro causa un accidente:

  • El Consorcio de Compensación de Seguros indemniza inicialmente a la persona afectada.
  • Después, el Consorcio puede reclamar el dinero al propietario del patinete si hubo:
    • negligencia,
    • dolo,
    • o manipulación del vehículo que influyera en el siniestro.

Traducido: que alguien cobre no te libra de pagar después.

Multas y sanciones: lo que te puede caer

No es solo una multa económica.

Las sanciones previstas incluyen:

  • Multa económica (500 € o 1.500 €, según categoría).
  • Prohibición de circulación.
  • Inmovilización o precinto del patinete.

Aunque se habla de periodos de adaptación, la clave es clara: cuando el registro esté operativo y el patinete esté dado de alta, el seguro será exigible.

Lectura recomendada:
👉 Todo sobre normativa para patinetes eléctricos en España

Lo que ya está claro y lo que aún falta por concretar

Está claro:

  • El seguro obligatorio existe.
  • Hay categorías distintas según el peso.
  • Habrá registro, identificación y sanciones.

Falta por concretar:

  • El reglamento definitivo del registro (previsto a lo largo de 2026).
  • Cómo se adaptará exactamente el mercado asegurador a los nuevos mínimos.

Preguntas frecuentes que conviene tener claras

• ¿Qué pasa si mi patinete pesa justo 25 kg?

Conviene comprobar el dato oficial del fabricante. El peso es el factor decisivo.

• ¿Sirven los seguros actuales de patinete?

En general, no. Las coberturas mínimas exigidas en 2026 son muy superiores a las actuales.

• ¿Vale el seguro del hogar?

Algunas pólizas cubren responsabilidad civil personal, pero no cumplen necesariamente los mínimos ni el formato exigido. Habrá que revisarlo caso a caso.

• ¿Afecta a las bicicletas eléctricas?

No, siempre que sean de pedaleo asistido y no de propulsión exclusivamente eléctrica.

• ¿Esto es cosa de la DGT o de una ley estatal?

Es una ley estatal. La DGT se encarga del registro y la operativa.


Mientras tanto, lo sensato es informarse bien, no fiarse de titulares alarmistas y tener claro en qué categoría cae tu patinete.

Este cambio no va de fastidiar al usuario, sino de cerrar un vacío legal que ya estaba generando problemas reales. La clave, como casi siempre, está en entender bien la norma antes de que empiecen las prisas. En Koko.eco seguiremos actualizando la información cuando el reglamento termine de aterrizar.

Fuentes y referencias

Manuel E. Camacho es un apasionado de toda aquella tecnología que beneficie a la salud del planeta, como es el caso de la movilidad sostenible con los patinetes eléctricos. Al haber vivido en diferentes países europeos, ha podido comprobar de primera mano, como en el norte de Europa se cuida al máximo el transporte sostenible y se da prioridad a medios de transporte alternativos y respetuosos con el medio ambiente. Movido por su curiosidad y creatividad, Manuel E. Camacho analiza minuciosamente el mercado en busca de nuevos elementos que promuevan el cuidado del planeta, para equiparar España al resto de países europeos en cuanto a movilidad eléctrica sostenible con el planeta.

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Responsable: Manuel Enrique Camacho Fernández

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